29 junio, 2009

UNIDAD V: LA RESPONSABILIDAD PENAL DERIVADA DE LA CIVIL

1. LA RESPONSABILIDAD PENAL

La responsabilidad penal es la consecuencia jurídica de la violación de la ley, realizada por quien siendo imputable o inimputable, lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas. La responsabilidad penal es, en Derecho, la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto por el Derecho penal al deber de afrontar las consecuencias que impone la ley. Dichas consecuencias se imponen a la persona cuando se le encuentra culpable de haber cometido un delito o haber sido cómplice de éste.

La responsabilidad penal la impone el Estado, y consiste en una pena que busca castigar al delincuente e intentar su reinserción para evitar que vuelva a delinquir.

También podrá ser común o especial:

  • Común: cuando el delito cometido puede ser realizado por cualquier individuo (robo, violación, asesinato).
  • Especial: cuando el delito es cometido por un funcionario público aprovechándose de su condición.

2. DIFERENCIA CON LA RESPONSABILIDAD CIVIL

La responsabilidad penal no busca resarcir o compensar a la víctima del delito, sino que esa será una responsabilidad civil independiente y derivada del acto delictivo. Sería un tipo de responsabilidad civil extracontractual por producir un acto lesivo para otra persona. En ocasiones dichos conceptos se confunden, y sobre todo en el derecho anglosajón, dado que ambas responsabilidades pueden llevar a obligaciones pecuniarias.

Sin embargo, existen varias diferencias:

  • Su finalidad es distinta: La responsabilidad penal sanciona, y la civil repara un daño.
  • La cantidad de la cuantía a pagar se calcula con diferentes medidas: Una multa (responsabilidad penal) estará basada principalmente en la gravedad del hecho delictivo, mientras que la responsabilidad civil busca resarcir un daño a la víctima.
  • Normalmente el destinatario también es distinto. La responsabilidad penal se suele pagar al estado, y la civil a la víctima.

3. REGULACIÓNES PENALES

Código Penal Venezolano

(Gaceta Oficial N° 5.763 Extraordinario del 16 de marzo de 2005)


Artículo 60: La ignorancia de la ley no excusa ningún delito ni falta.

Artículo 61: Nadie puede ser castigado como reo de delito no habiendo tenido la intención de realizar el hecho que lo constituye, excepto cuando la ley se lo atribuye como consecuencia de su acción u omisión. El que incurra en faltas, responde de su propia acción u omisión, aunque no se demuestre que haya querido cometer una infracción de la ley. La acción u omisión penada por la Ley se presumirá voluntaria, a no ser que conste lo contrario. (definición legal del delito culposo).


Ley Penal del Ambiente (Caracas, viernes 3 de Enero de 1992 Número 4.358 Extraordinario)

Se definen como delitos los que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente.

Objeto. La Ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar.

Articulo 2º.- Extraterritorialidad. Si el hecho punible descrito por esta Ley se comete en el extranjero, quedará sujeta a ella la persona responsable, cuando aquél haya lesionado o puesto en peligro, en Venezuela, un bien jurídico protegido en sus disposiciones.

En este caso, se requiere que el indiciado haya venido al territorio de la República y que se intente acción por el Ministerio Público. Requiérese también que el indiciado no haya sido juzgado por tribunales extranjeros, a menos que habiéndolo sido hubiere evadido la condena.

Articulo 3º.- Requisitos de las sanciones a personas jurídicas. Independientemente de la responsabilidad de las personas naturales, las personas jurídicas serán sancionadas de conformidad con lo previsto en la presente Ley, en los casos en que el hecho punible descrito en Esta haya sido cometido por decisión de sus órganos, en el ámbito de la actividad propia de la entidad y con recursos sociales y siempre que se perpetre en su interés exclusivo o preferente. Artículo 4º- Responsabilidad de representante. Cuando lo hechos punibles fueran cometidos por los gerentes, administradores o directores de personas jurídicas, actuando a nombre o en representación de Estas, aquellos responderán de acuerdo a su participación culpable y recaerán sobre las personas jurídicas las sanciones que se especifican en esta Ley. Artículo 5º.- Sanciones a personas naturales. Las sanciones serán principales y accesorias.

Son sanciones principales:

1º. La prisión.
2º. El arresto.
3º. La multa.
4º. Los trabajos comunitarios.

La pena de trabajo comunitario consiste en la obligación impuesta al reo de realizar, durante el tiempo de la condena, labores en beneficio de la comunidad, que indicará el juez, quien tendrá presente para tal fin la capacitación de aquel y, en todo caso, sin menoscabo de la dignidad personal.

Esta pena podrá ser impuesta en sustitución de la de arresto en los casos en que el juez lo estimare conveniente, atendidas la personalidad del procesado y la mayor o menor gravedad del hecho.

Son sanciones accesorias, que se aplicarán a juicio del tribunal:

1º. La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos, hasta por dos (2) años después de cumplirse la pena principal, cuando se trate de hechos punibles cometidos por funcionarios públicos;

2º. La inhabilitación para el ejercicio de la profesión, arte o industria, hasta por un (1) año después de cumplida la sanción principal, cuando el delito haya sido cometido por el condenado con abuso de su industria, profesión o arte, o con violación de alguno de los deberes que le sean inherentes;

3º. La publicación de la sentencia, a expensas del condenado, en un órgano de prensa de circulación nacional.

4º. La obligación de destruir, naturalizar o tratar las sustancias, materiales, instrumentos u objetos fabricados, importados u ofrecidos en venta, y susceptibles de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas.

5º. La suspensión del permiso o autorización con que se hubiese actuado, hasta por un lapso de dos (2) años, después de cumplida la sanción principal;

6º. La suspensión del ejercicio de cargos directivos y de representación en personas jurídicas hasta por tres (3) años, después de cumplida la pena principal; y

7º. La prohibición de contratar con la Administración Pública hasta por un lapso de tres (3) años, después de cumplida la sanción principal.

Es necesariamente accesoria a otra pena principal, el comiso de los equipos, instrumentos, sustancias u objetos con que se hubiere ejecutado, a no ser que pertenezcan a un tercero ajeno al hecho; y de los efectos que de El provengan.

Los objetos e instrumentos decomisados se venderán, si son de lícito comercio, y su producto se aplicará a cubrir las responsabilidades civiles del penado.

Artículo 6º.- Sanciones a personas jurídicas. La sanción aplicable a las personas jurídicas por los hechos punibles cometidos, en las condiciones señaladas en el Artículo 3º. de esta Ley, será la de multa establecida para el respectivo delito y, atendida la gravedad del daño causado, la prohibición por un lapso de tres (3) meses a tres (3) años de la actividad origen de la contaminación.

Si el daño causado fuere gravísimo, además de la multa, la sanción será la clausura de la fábrica o establecimiento o la prohibición definitiva de la actividad origen de la contaminación, a juicio del juez.

El Tribunal podrá, así mismo, imponer a la persona jurídica, de acuerdo a las circunstancias del hecho que se haya cometido, alguna o algunas de las siguientes sanciones:

1º. La publicación de la sentencia a expensas del condenado, en un órgano de prensa de circulación nacional;

2º. La obligación de destruir, neutralizar o tratar las sustancias, materiales, instrumentos u objetos fabricados, importados u ofrecidos en venta, y susceptibles de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas;

3º. La suspensión del permiso o autorización con que se hubiese actuado, hasta por un lapso de dos (2) años; y

4º. La prohibición de contratar con la Administración Pública hasta por un lapso de tres (3) años.

4. HECHO CULPOSO: Culpa es el término jurídico que, según Francesco Carrara, al igual que la negligencia, supone la "voluntaria omisión de diligencia en calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho". En Derecho se define al delito culposo como el acto u omisión que produce un resultado descrito y sancionado en la ley penal, a causa de no haber previsto ese resultado siendo previsible, o se previó confiando en que no se produciría, en virtud de no observar un deber de cuidado que debía y podía observar según las circunstancias y condiciones personales.

El término "culposo" generalmente se utiliza en materia de siniestros y seguros vehiculares, aunque también se utilizan acepciones como delitos imprudenciales o no intencionales. Estaremos entonces, frente a un delito culposo cuando se realiza una conducta o una omisión que produjo un resultado que ya la ley penal establece y sanciona y que por lo general es un resultado dañoso; por otra parte ese resultado puede ser conocido o desconocido por el ciudadano pero que la ley nos impone el deber de conocerlo o por lo menos de imaginar sus alcances para luego entonces poder preverlo y evitar que se produzca, sin embargo aquel ciudadano que no prevea ese resultado, o si lo prevea y confíe en que no se producirá, y debido a esa confianza o falta de previsión deje de tomar o ni siquiera tome las medidas necesarias para evitar ese daño será sujeto a la acción penal del Estado.

- FORMAS DE LA CULPA

Negligencia.- Descuido en el actuar. Omisión consciente, descuido por impericia o dejar de cumplir un acto que el deber funcional exige. En materia penal, es punible.

Imprudencia.- Punible e inexcusable negligencia con olvido de las precauciones que la prudencia vulgar aconseja, la cual conduce a ejecutar hechos que, a mediar malicia en el actor, serían delitos.

Impericia.- Falta de pericia. Pericia.-(Del latín peritia) Sabiduría, práctica, experiencia y habilidad en una ciencia o arte.

Inobservancia.- Consiste que al desempeñar ciertas actividades o cargos, el sujeto omita cumplir los deberes impuestos por los reglamentos u ordenanzas.

- DIFERENCIA CON EL DOLO

La culpa en sentido amplio abarca la culpa en sentido estricto, y el dolo. La culpa en sentido estricto es definida como la falta de intención en el sujeto activo de provocar las consecuencias que el acto que emprende suscita -por lo que se dice que no se representó mentalmente el resultado de su accionar-, mientras que el dolo es la intención de cometer el acto en cuestión y consecuentemente, causar sus consecuencias -por lo que previamente se representó mentalmente el resultado de su acto-. La culpa entonces es el actuar imprudente, negligente, en otras palabras la conducta atrevida o descuidada del sujeto activo. El límite entre culpa y dolo -límite entre el actuar culposo y el doloso-, está dado por la culpa consciente y el dolo eventual. Así, en la culpa consciente hay representación mental del resultado que conlleva el acto efectuado, pero se suma a ello el criterio del sujeto activo de que tal resultado perjudicial, finalmente delictual, no se concretará por una mala valoración de las circunstancias del hecho -que podría calificarse generalmente como un exceso de confianza-, no susceptible de ocurrir si se actuara con un criterio estándar de cuidado y atención. Por otra parte, en el dolo eventual, como en el directo, hay una representación del resultado disvalioso, pero difiere de éste, del dolo eventual, en que a ello se le suma el desinterés de si tal resultado se produce o no. Un ejemplo de lo expuesto se daría si consideramos a una persona que conduce un automóvil a gran velocidad por una calle céntrica y atropella a un peatón que cruzaba dicha arteria. Habrá conducta culposa si lo hizo pensando en que no se produciría el accidente por su habilidad para el manejo, y habrá conducta dolosa si condujo en tal forma sin importarle el atropellar o no a alguien. Tal diferencia, a todas luces subjetiva, es de difícil valoración y aún más difícil prueba en la práctica judicial.

5. HECHO DOLOSO: El Dolo ha sido definido por numerosos e importantes autores. Entre ellos encontramos a Grisanti, Carrara, Manzini y Jiménez de Asúa, quienes han emitido un concepto completo de lo que se entiende por el dolo.

Según Hernando Grisanti el dolo es la voluntad consciente, encaminada u orientada a la perpetración de un acto que la ley tipifica como delito.

Según Francesco Carrara el dolo es la intención más o menos perfecta de hacer un acto que se sabe contrario a la ley.

Vincenzo Manzini define al dolo como la voluntad consciente y no coaccionada de ejecutar u omitir un hecho lesivo o peligroso para un interés legitimo de otro, del cual no se tiene la facultad de disposición conociendo o no que tal hecho esta reprimido por la ley.

Luis Jiménez de Asúa dice que el dolo es la producción del resultado típicamente antijurídico con la conciencia de que se está quebrantando el deber, con conocimiento de las circunstancias de hecho y del curso esencial de la relación de causalidad existente entre las manifestaciones humanas y el cambio en el mundo exterior, con la voluntad de realizar la acción u con representación del resultado que se requiere.

Para Fernando Castellanos Tena, el dolo consiste en el actuar, consciente y voluntario, dirigido a la producción de un resultado típico y antijurídico.

El dolo posé dos elementos fundamentales a saber:

a) El cognitivo o intelectual, éste se da en el ámbito de la internalidad consciente del sujeto, pues se conoce a sí mismo y a su entorno; por lo tanto, sabe que sus acciones son originadoras procesos causales productores de mutaciones de la realidad, o bien de violaciones a deberes establecidos en normas culturales.

b) El volitivo, éste se encuentra en al ámbito de los deseos del sujeto, motivados por estímulos originados en las necesidades de la contingencia humana; es aquí en donde se encuentra, el querer, que propiamente afirma la voluntad de alterar el mundo circundante al desencadenar el proceso causal, o bien, aceptar tal alteración, absteniéndose de intervenir para que éste se interrumpa.

Derivado de ambos elementos del dolo, el ser humano, a través de su inteligencia que conoce, dirige su voluntad hacia lo que quiere, lo que se manifiesta fenomenológicamente en acciones u omisiones, productoras de resultados.

NOTA: Participación del Alumno:

1. Comente acerca de sus conocimientos de la importancia de la existencia de normas en materia penal, entendiendo que tales entre sus fines partes de la regulación y protección de la conducta en sociedad.

2. Cree que los ingenieros y ustedes como proximos profesionales, deben ser sancionados por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos. Razone su respuesta.

Recuerde indicar: Nombre y apellidos, CI, sección y turno.

Gracias...



24 comentarios:

  1. 1. Comente acerca de sus conocimientos de la importancia de la existencia de normas en materia penal, entendiendo que tales entre sus fines partes de la regulación y protección de la conducta en sociedad.

    Dentro de las tareas del Ingeniero Civil en el área de Legislación está conocer las normas jurídicas que rigen el ejercicio profesional, la implicaciones legales sujetas a cada decisión tomada y, las responsabilidades dentro de la industria de la construcción; lo anterior, bajo los lineamientos éticos del ejercicio profesional.
    La responsabilidad penal nace exclusivamente para quien ha cometido el delito, entendiendo por tal, a quien ha cabido en alguna de las formas de intervención punible (sancionable) previstas por la ley.
    Responsabilidad y Construcción constituyen un tema habitual en las crónicas de los diarios, siendo frecuentes las noticias que nos informan sobre la muerte de un obrero al caerse de un andamio, o al derribarse un muro, acontecimientos normalmente precedidos por el previo incumplimiento de las medidas sobre prevención de riesgos laborales, surge el dilema relativo a las vías y procedimientos a seguir, en orden a exigir responsabilidades en los diversos órdenes jurídicos, a fin de evitar su solapamiento, con la pretensión de ofrecer a la víctima o sus perjudicados la solución más satisfactoria, en su caso.



    2. Cree que los ingenieros y ustedes como proximos profesionales, deben ser sancionados por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos. Razone su respuesta

    Las reglas de responsabilidad recaen sobre los profesionales sin distinción y sobre sus auxiliares, por los delitos que cometan en el ejercicio de su profesión. La sustancia de esas reglas es, en primer lugar, la adición de la pena de suspensión temporal o definitiva del ejercicio profesional a la comunidad para el delito consumado, doloso o culposo, de que se trate y, en segundo lugar, la obligación de reparar el daño que se hubiere ocasionado.
    Toda persona debe ser responsables de las consecuencias de sus actos , en el caso de los ingenieros se debe aplicar una sanción de acuerdo al daño ocasionado dado que si no se aplican las sanciones correspondientes pudiera incurrir nuevamente en un acto delictivo. lo que originaria vicios durante en el ejercicio de su profesión.

    NO COPIAR....
    GERALDIN VILLANUEVA
    C.I: 15.369.926
    ING. I-003 NOCT

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  2. Karen Rivera
    19472797
    Ing Civil
    I_005_N
    Aula 32

    1) El ingeniero civil tiene mucha responsabilidad de la cual tiene el derecho y el deber de conocer como tal es muy importante saber todo hacerca de su normas y leyes que se rigen afines de estar conciente a la hora de hacer o cometer un error.
    Estamos expuestos a una leyes juridicas a la hora de cualquier imprudencia ejecutada en la construccion y sus ramas.. Pero no por eso se debe cometer vicios malos porque para todo son leyes y normas..

    2) Si se comete un error de dicha magnitud grave y se tiene la culpa si porque las leyes estan escritas para todos seamos profesionales o dueño de la materia..
    Pero para eso debemos hacer las cosas bien para no tener ese tipo de problemas porque seria de mucha imprudencia y falta de etica de no saber lo que debes hacer como ingeniero, todos como profesionales o no profesionales debemos tener en cuenta que sobre nosotros estan las consecuencia de nuestros actos como tal.
    Por eso es bueno tener un limite de conciencia a la hora de actuar y de ver lo que se hace..

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  3. 1. Comente acerca de sus conocimientos de la importancia de la existencia de normas en materia penal, entendiendo que tales entre sus fines partes de la regulación y protección de la conducta en sociedad.

    La responsabilidad penal es la consecuencia impuesta a un acto que vulnere o intente vulnerar la ley. De no existir estas consecuencias de los maloss actos el individuo o los individuos pudieran a no llegar respetar las leyes y en consecuencia la sociedad seria un grupo anarquico incontrolable, o lo que seria la imposibilidad apsoluta de vivir en sociedad. La pena impuesta resulta un ejemplo al colectivo que debido a lo observado procurara no transgredir la ley, y para el indibiduo al que se le impuso la pena seria su correctivo.

    2. Cree que los ingenieros y ustedes como proximos profesionales, deben ser sancionados por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos. Razone su respuesta.

    Si deberiamos estar sujetos a sanciones puesto que, el ttemor a la sancion nos previene a no ometer malos actos ni mucho menos poner en peligro a segundas y terceras personas que a la larga son los perjudicados.

    Cesar Jimenez
    16897309
    Seccion I-003-N
    Ing. Civil

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  4. 1) Son una serie de normas que se deben cumplir a la hora de un delito bien sea daños materiales o danos fisicos tambienm al participar como complice en un hecho ilicito...

    La pena que debe cumplir el implicado esta impuesa por el estado y tiene el objetivo de castigar al delincuente para asi evitar que vuelva a delinquir



    2)por supuesto que se debe sancionar a cualquier persona que cometa negligencia o no acate los reglamentos y normas de acuerdo a su profesion de no ser asi entonces viviriamos en un desastre de mundo..

    Claudio Villegas
    19.481.837
    I-003-N
    Aula 31

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  5. 1-La responsabilidad penal es un hecho ineludible para un ingeniero o persona común, una vez que este á infringido la ley y deberá cumplir la pena impuesta por los daños que haya causado.

    2-Claro que si debemos y tenemos que estar sujetos a sanciones bien sea por errores, faltas, negligencia o cualquier otro motivo,
    De otro modo profesionales o no harían lo que quisieran sin temor a nada, a ninguna ley que los impute por las causas o efectos de sus malas acciones.



    Reinaldo Rojas 16.595.279
    Secc I-003
    Ing Civil 5to Semestre Noct.

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  6. 1.La responsabilidad penal es la consecuencia jurídica de la violación de la ley, realizada por quien siendo imputable o inimputable, lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas.

    La responsabilidad penal es, en Derecho, la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto por el Derecho penal al deber de afrontar las consecuencias que impone la ley. Dichas consecuencias se imponen a la persona cuando se le encuentra culpable de haber cometido un delito o haber sido cómplice de éste.

    La responsabilidad penal la impone el Estado, y consiste en una pena que busca castigar al culpable para que este no vuelva a hacer lo que ha hecho

    2.pienso que como ingeniero uno debe tener una responsabilidad en todo momento, y si en un momento determinado nos olvidamos de dicha responsabilidad y cometemos una imprudencia, debemos ser castigados, si lo hemos hecho claro esta, con intencion o consciente de que nos saltamos algun paso; ahora si fue sin la mas minima intencion pues debemos demostrar que esto es cierto, irque la ley debe ser aplicada de manera justa y comprobable.

    HILDEGAR AGUIRRE
    C.I 19.231.778
    I-003-N
    ING. CIVIL

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  7. 1. Comente acerca de sus conocimientos de la importancia de la existencia de normas en materia penal, entendiendo que tales entre sus fines partes de la regulación y protección de la conducta en sociedad.

    Es importante que existan las penas porque ewstas son el proceder de la ley cuando esta fue infringida. Una ley que no se cumpla por su incorrecta aplicaion originaria una conducta en la sociedad que seria de ligeresa ante las autoridaddes que aplican la ley.


    2. Cree que los ingenieros y ustedes como proximos profesionales, deben ser sancionados por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos. Razone su respuesta.

    Si se tiene que ser sancionado, porque todas las obras donde se desempeñan los ingenieros civiles son para usos de seres humanos, los cuales se verian afectados por las faltas cometidas por un mal profesional.

    Dennis hernandez
    I-003-N
    Ingenieria Civil
    Aula-31

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  8. 1. Comente acerca de sus conocimientos de la importancia de la existencia de normas en materia penal, entendiendo que tales entre sus fines partes de la regulación y protección de la conducta en sociedad
    Dentro de las tareas del Ingeniero Civil en el área de Legislación está conocer las normas jurídicas que rigen el ejercicio profesional, la implicaciones legales sujetas a cada decisión tomada y, las responsabilidades dentro de la industria de la construcción; lo anterior, bajo los lineamientos éticos del ejercicio profesional.
    La responsabilidad penal nace exclusivamente para quien ha cometido el delito, entendiendo por tal, a quien ha cabido en alguna de las formas de intervención punible (sancionable) previstas por la ley

    2. Cree que los ingenieros y ustedes como proximos profesionales, deben ser sancionados por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos. Razone su respuesta
    Si se comete un error de dicha magnitud grave y se tiene la culpa si porque las leyes estan escritas para todos seamos profesionales o dueño de la materia. Si deberiamos estar sujetos a sanciones puesto que, el ttemor a la sancion nos previene a no ometer malos actos ni mucho menos poner en peligro a segundas y terceras personas que a la larga son los perjudicados


    Rios Frixneidys
    CI: 19.320.049
    Seccion I-003 Ing Civil
    Turno Noche

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  9. la Constitución declara que nadie puede ser condenado
    o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse
    no constituyan delito, falta o infracción
    Toda persona debe ser responsables de las consecuencias de sus actos , en el caso de los ingenieros se debe aplicar una sanción de acuerdo al daño ocasionado dado que si no se aplican las sanciones correspondientes pudiera incurrir nuevamente en un acto delictivo. lo que originaria vicios durante en el ejercicio de su profesión

    TORO MARIA
    CI:15968605
    SECC I-003-N
    V SEMESTRE
    ING CIVIL

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  10. el Ingeniero Civil en el área de Legislación está conocer las normas jurídicas que rigen el ejercicio profesional, la implicaciones legales sujetas a cada decisión tomada y, las responsabilidades dentro de la industria de la construcción; lo anterior, bajo los lineamientos éticos del ejercicio profesional.
    es la consecuencia impuesta a un acto que vulnere o intente vulnerar la ley. De no existir estas consecuencias de los maloss actos el individuo o los individuos pudieran a no llegar respetar las leyes y en consecuencia la sociedad seria un grupo anarquico incontrolable, o lo que seria la imposibilidad apsoluta de vivir en sociedad. La pena impuesta resulta un ejemplo al colectivo que debido a lo observado procurara no transgredir la ley, y para el indibiduo al que se le impuso la pena seria su correctivo.
    debemos tener en cuenta que sobre nosotros estan las consecuencia de nuestros actos como tal.
    Por eso es bueno tener un limite de conciencia a la hora de actuar y de ver lo que se hace..

    ELIAneth navarro
    ci:159006536
    secc i-003-n
    v semestre
    ing civil

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  11. En este sentido es pacífica la opinión de que el principio de legalidad
    penal tiene una doble fundamentación, por una parte, de carácter político,
    expresión de la idea de libertad y del Estado de Derecho, de la que deriva la
    exigencia de ley formal y la de seguridad jurídica y, por otra, una fundamentación
    específicamente penal, expresión de la esencia o función social de la
    norma y la sanción penal. Ambos fundamentos han de considerarse conjuntamente
    y sólo así. como se verá, resulta viable conectar a una idea común y
    general.
    Toda persona debe ser responsables de las consecuencias de sus actos , en el caso de los ingenieros se debe aplicar una sanción de acuerdo al daño ocasionado dado que si no se aplican las sanciones correspondientes pudiera incurrir nuevamente en un acto delictivo. lo que originaria vicios durante en el ejercicio de su profesión

    edgar sanchez
    ci:15744764
    secc i-003-n
    v semestre
    ing civil

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  12. Respuesta Nº 1
    es importante que se cumpla esto ya que la responsabilidad penal la impone el Estado, y consiste en una pena que busca castigar al delincuente e intentar su reinserción para evitar que vuelva a delinquir.Y opino que esto es mucho mas importante para los futuros Ing. civiles.

    Respuesta Nº 2
    Para entender las responsabilidades de un ingeniero civil de la construcción, es importante saber sobre su papel en su área particular. Se espera que un ingeniero utilice su conocimiento así como su fondo para asegurar a clientes que las estructuras se han construido de la manera más segura y más robusta, con la seguridad siendo la prioridad más alta.
    Por esta razon si creo que es necesario la sancion por alguna falta en cuanto a la obra relizada.

    Emili Guillen
    18.491.507
    I-005-N
    V Semestre

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  13. La responsabilidad penal es,es importanteya que consiste el hacer cumplir las penas y castigar ya que la impone el estado e es la qye las hace cumplir a traves de sus leyes

    la responsabilidad de un ingeniero debe ser muy importante ya que tiene que saber lo que esta haciendo y se espera de le la maxima responsabilidaduna vez este actuando en su campo laboral

    Pedro Blanco
    C.I:18436487
    Secc: I005N

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  14. 1.Comente acerca de sus conocimientos de la importancia de la existencia de normas en materia penal, entendiendo que tales entre sus fines partes de la regulación y protección de la conducta en sociedad.

    La existencia de la Ley de Responsabilidad panal es muy importante ya que son unas series de artículos jurídicos establecidos en el cual se describen los actos ilícitos que las personas no deben de hacer, ni si quiera por ignorancia ya que no tiene justificación alguna por la ley que se ponga en peligro un bien material o la integridad física de las personas como: Robo, Violación, Asesinato, por que el que incurra en faltas como esta, responde de su propia acción u omisión, ya que esta consciente de lo que hace.

    2.Cree que los ingenieros y ustedes como próximos profesionales, deben ser sancionados por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos. Razone su respuesta.

    Claro que si se nos deben de sancionar, ya que al estar ejerciendo la carrera estamos asumiendo todas las responsabilidades en la cual tuvimos la Pericia (formación profesional) para ejecutar un trabajo, y se tiene que tener mucho cuidado de no pasar por alto las inobservaciones e imprudencia las cuales dan paso a las negligencia

    Ardenni Muñoz
    CI:V-18.252.587
    seccion:I-005N
    ING. Civil
    Sem:V

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  15. 1. la importancia de norma desde siempre ayudado a te el ser humano pueda tener un control de las cosas que hace, en particalar me parece bueno porque todos nostros cumpliriamos con lo que hemos acordado o establecido dependiendo el caso o el trabajo a realizar, pero hablando como futuro ingeniero pienso que es una linea muy delgada ya que el podemos ser jusgados por algo que quisas salga de nuestras manos..

    2. como decia anteriormente seria bueno que fueramos sancionados porque de esa manera aprenderiamos hacer los cosas con dedicacion, honradez,eficiencia y efectividad..


    eder martin
    18688193
    I-005-N

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  16. 1. considero de gran importancia la existencia de tales normas o reglas ya q nos ayudan de gran manera a desarrollar un sentido de respeto por los derechos de los demas, teniendo en cuenta que la viloaciom de los derechos de otros acarrearia sanciones de tipo carcelaria en algunos casos.


    2.si, considero que el mundo actual necesita aprender a vivir en sociedad o aprender a convivir, y si en materia del ejercicio legal de nuestra carrera a leyes que sancionan la forma del ejercer irresponsable la profesion estoy totalmente de acuerdo, teniendo en cuenta desde mi punto de vista contribuye a respetar los derechos de los demas...

    Guillermo Olaizola
    C.I:18526114
    I-005-N

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  17. 1 Comente acerca de sus conocimientos de la importancia de la existencia de normas en materia penal, entendiendo que tales entre sus fines partes de la regulación y protección de la conducta en sociedad.

    Es importante el hecho de que exista una regulación para todo, como consecuencia de la regulación existe tambien el area encargada de penalizar a todas y cada una de las personas que falten a estas regulaciones o leyes, esto siempre estará enfocado en la protección de la sociedad.

    2. Cree que los ingenieros y ustedes como proximos profesionales, deben ser sancionados por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos. Razone su respuesta.

    Toda persona debe ser maduramente responzable de sus actos, como no serlo siendo un profesional en el cual recaen responsabilidades muy importantes, en el caso de ser ing. civil se tiene la responsabilidad de hacer obras de bases solidas y duraderas, ya que esta va a estar al servicio de muchas personas y si esta se derrumba por causa de una mala praxis por parte del ingeniero pues que asuma y que le hagan asumir su responsabilidad en el hecho

    Eilyn Pino
    C.I 18.060.901
    Seccion I-05-N

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  18. Respuesta 1. Todos los profesionales deben estar conscientes de las implicaciones legales relacionadas a cada decisión que tome y a sus responsabilidades dentro de la industria de la construcción. Por lo que se hace necesario que nosotros como estudiantes de Ing. Civil conozcamos que la responsabilidad penal nace exclusivamente para quien ha cometido el delito, entendiendo por tal, a quien ha cabido en alguna de las formas de intervención punible (sancionable) previstas por la ley.

    El la industria de la construcción civil la responsabilidad es un tema habitual siendo frecuentes la negligencia, imprudencia e impericia asi como el no cumplimiento de normas y procedimientos lo que ocasiona perdidas materiales e incluso humanas. Es necesario tener conciencia de los daños que podemos ocasionar con nuestras decisiones en el campo laboral.

    Respuesta 2. Sin lugar a dudas si cada persona y mas a un profesional declarado competente debe ser responsable por la decisiones que ocasiona y los posibles daños que pudiere causar.

    Asistencia
    Sory Sánchez
    15.744.078
    I-003-N
    Ing. Civil

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  19. 1. Comente acerca de sus conocimientos de la importancia de la existencia de normas en materia penal, entendiendo que tales entre sus fines partes de la regulación y protección de la conducta en sociedad.

    2. Cree que los ingenieros y ustedes como proximos profesionales, deben ser sancionados por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos. Razone su respuesta.



    es importante saber sobre este tema para nosotros ya que como ingenieros civil tenemos una responsabilidad que llega de la construccion tratar de cometer vicios o mal abitos en la construcciones para que a futuro no tengamos problemas legales, como consejo seguir las mormas en materia penal para saber todas las consecuencias.

    claro si cometemos una falta o vicios que caen sobre nosotros debemos ser sancionados y asimir la responsabilidad que se otorga como buen ingeniero.

    angel castillo #18747102
    seccion:i005n
    ing.civil

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  20. Respuesta 1.

    todos los profesiones tienen que tener en cuenta que deben respetar las leyes que imparte dichas organizaciones y el estado, un profesional debe ser pulcro y tener etica profesional en todo momento de su trabajo. Las Leyes fueron creadas para cumplirlas y todo aquel ciudadano profesional o no esta en la obligacion a responder y reponer el daño.

    Respuesta 2.
    todo ingeniero esta en la obligacion de responder por el daño que ocasione, pero ese no es la forma, creo que todo profesional sobre todo los ingenieros civiles tienen que tener pericia para ejercer su trabajo ya que en él recae todo el peso de la Ley.

    jackson mendoza
    18.548186
    Ing.Civil
    V semestre
    I-005-N

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  21. 1. La importacia de la existencia de normas de materia penal son muy importante y debe ser aplicada a toda persona sea profesional o no a la hora de cometer un hecho que ponga en peligro o acasiones perdida de vidas humanas... tener un conocimiento previo de ella nos ayuda a crear conciencia ya que al causar un daño estamos conciente de que aunque sea accidental o no debemos responsabilizarnos de lo sucedido y ser sancionados de acuerdo a la ley. nuestro comportamiento ante la sociedad es tan importante que si no actuamos con prudencia etica y moral podemos causar daño que nos cueste la libertad.

    2.como futuros engeniero estamos estudiando para aprender todo lo relacionado a la materia la ingenieria civil es una carrera muy delicada en la que vamos a tener la responsabilidad de ejecutar una obra para beneficio publico una mala practica podria costarle la vida a muchas personas.. por consiguiente como futuros ingenieros si debemos ser penados si acacionamos un daño sea por imprudencia,negligencia, imperancia inobservancia

    Keila Hurtado
    16.053.868
    Ing. Civil 003
    Aula 31

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  22. 1.las norma penales son de gran importancia y debe ser aplicada a toda persona que cometa un acto que acosione daño a otras personal..es mecesaria que nosotros como futuros ingenieros conoscamos a profundidad esta norma y actuemos simpre con la debida etica y moral para que nunca tengamos que estar en una situacion penal.

    2. todo profesinal debe ser sancionado como
    manda la ley si comete un daño a terceros, pues tenga culpa o no debe asumir su responsabilidad, el hacer cumplir y cumplir con las normas es el derecho y el deber de todo ciudadano.

    Denia guiroga
    16.581.718
    Secion 003 Ing Civil
    Aula 31

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  23. 1) considero que esas normas y leyes tiene mucha importancia porque nos enseñan a tener un respeto y prudencia al momento de cometer un delito y sobre todo nos enseña a cuidar y proteger a nuestros derechos
    2) si ya que todo profesional a la hora de comete un error es responsable de sus actos ademas de asumir su responsabilidad como persona grande y madura. tambien hay leyes para todos aquellas personas sean profesionales o entre otros cargos que nos ayuda a formarnos como profesionales y nos indica cuando cometemos errores..
    Noraibys Mendez
    CI:18.470.607
    I-005 N ING CIVIL

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  24. Hola considero q estas normas son de gran importancia porq nos permite enfocar los limites hasta donde podemos actuar como profesionales asi de esa forma se reflejaria tambien nuestra etica. Y estoy de acuerdo con q sean sancionados aquellos profesionales q por su inegligencia e imprudencia sean sancionados ya q este tipo de profesionales estan es por tener dinero y no por hacer un buen labor.... gracias por su material espero q sigan ampliando mas la informacion....!
    ONNI JOSE FARIAS RUIZ
    C.I V- 20113078
    SECCION: C AULA: 5 INGENIERIA DE GAS
    SEXTO SEMESTRE

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